Debate sobre Capital Mental. El niño ¿Sujeto de Derecho u objeto de Capital Mental?

En torno a la incursión que en los últimos tiempos se ha verificado respecto de la incidencia de las denominadas neurociencias y su vinculación con el actual proyecto político, económico y social, invitamos a ampliar y profundizar el debate en torno al denominado «Capital Mental».

La amplitud para reconocer diferentes visiones no excluye nuestra reafirmación y compromiso con la perspectiva de los Derechos Humanos tanto en la definición de las políticas públicas particularmente destinadas a la niñez y la adolescencia.

El Decreto 958 producido por la Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, constituye una preocupante orientación en la cual se opta por el «Capital Mental» como articulador de las diferentes políticas.

Abiertos a debatir con espíritu democrático, respetuoso del avance de las Ciencias, señalamos la firme posición a favor del niño sujeto de Derecho como lo señala nuestra legislación vigente, rechazando aquellas fórmulas que puedan representar la visión del niño como objeto del Capital Mental.

Apuntes sobre Capital Mental

Anexo. Decreto 958/16

Diario La Capital. Las neurociencias como retorno al Siglo XIX

Diario el Litoral. La Desigualdad Social y Educativa no se encuentra en el cerebro