Principales conceptos en la Jornada “Defensoría Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes: aportes y desafíos para una nueva institución”

Aceptando la gentil invitación que me hiciera llegar UNICEF Argentina, participé, el pasado 20 de abril del Encuentro “Defensoría Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes: aportes y desafíos para una nueva institución”, realizado en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Cumpliendo con la programación prevista, expusieron en un primer panel la Presidenta de la Comisión de Niñez, Adolescencia, Mujer y Familia y el Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, como así también una Diputada integrante de la Comisión Bicarmeral del Defensor Nacional del Niño, Niña y Adolescente.

En segundo lugar, expusieron l@s Defensor@s de los niños de las Provincias de Santa Fé, Córdoba y La Pampa.

En este espacio, en el cuál presentaron sus respectivas experiencias organizativas, funcionales, conceptuales y de construcción política de los Derechos de los Niños, recojo un dato esencial que resulta importante vinculado a que un Organismo de carácter nacional en gestación, se nutra e inspire en su etapa fundacional en experiencias provinciales.

A dichas exposiciones le siguió un debate de los asistentes, entre quienes se encontraban legisladores y un número significativo de representantes de redes y organizaciones sociales comprometidas con los derechos de la infancia y la adolescencia.

En dicho contexto y de manera sumamente sintética, respetando el tiempo disponible, asumí la palabra señalando los siguientes ejes de interés y preocupación.

El Organismo debería definir cuatro principios generales en el marco y en el mandato que establece la Ley N°26.061:

  • Real ejercicio de la autonomía, la misma debe distinguirse claramente de una visión colaborativa o funcional a las políticas públicas de actuales o futuras administraciones gubernamentales. Dicha autonomía es la que le permite llevar adelante su programa de trabajo rindiendo cuentas del mismo a la ciudadanía a través de los Informes Periódicos en el parlamento nacional.
  • Autarquía, la capacidad de administrar con independencia los fondos que le son asignados debe estar acompañada de una decisión política que permita establecer un índice de garantía presupuestaria que asegure la capacidad operativa de la Defensoría.
  • Visión federal, el esfuerzo respecto a la capacidad de estar presente directa o indirectamente en la diversidad de las realidades de la niñez y la adolescencia de los 24 distritos del país, y teniendo como prioridad los sectores más vulnerables o de privación de Derechos, debe alentar por un lado, la creación de los Organismos Provinciales, fortalecer los existentes e incidir en el marco del Sistema Federal en la proyección de las políticas nacionales en favor de los derechos de los niños.
  • Participativo, en este sentido, el nuevo Organismo deberá construir una garantía para incluir la voz colectiva de niños, niñas y adolescentes, y al mismo tiempo creando el mecanismo de participación activa de las Organizaciones de la sociedad civil, mediante mecanismos democráticos de participación.

También consideré oportuno y dentro de esta brevísima presentación, recordar funciones ineludibles de la Defensoría Nacional, tales como, el monitoreo sistemático en la implementación de las políticas públicas enmarcadas en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la implementación de la Ley Nacional N° 26.061, como plataforma básica de seguimiento en las políticas. La mencionada actividad no deberá reducirse a simples informes focales o globales, sino que deberá generar los mecanismos administrativos y cuando fuera necesario judiciales, para lograr una efectiva incidencia en la garantía de Derechos que el Estado debe proporcionar a todos y cada uno de los niños, niñas y adolescentes bajo cualquier jurisdicción institucional y territorial.

Este camino lo recorrerá con mayor capacidad en la medida que genere múltiples formas de aproximación a los niños, niñas y adolescentes afectados en sus derechos, no sólo registrando sus denuncias, sino asumiendo un rol activo en el proceso de restitución de sus derechos.

La conflictividad que se genera en torno a la implementación de las políticas y leyes vigentes, no está exenta de tensiones de diversa naturaleza y en tal sentido la capacidad de mediación deberá desarrollarse en base al principio del interés superior del niño, la no discriminación, el derecho al desarrollo y el derecho a ser escuchado y tenido en cuenta en sus opiniones.

El registro y procesamiento de datos, debe componer parte de la agenda de trabajo de esta nueva y desafiante institucionalidad fundada en la norma nacional y reconocida internacionalmente como el instrumento de orden estatal de mayor potencialidad para la Defensa, Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.

 

 Dr. Norberto Liwski

Defensa de los Niños Internacional

Ex Vicepresidente Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas